Normativa de patinetes eléctricos en Valencia:
Normativa de patinetes eléctricos en Valencia: edad mínima, casco obligatorio, por dónde puedes circular, principales multas y novedades como el seguro obligatorio desde 2026.
VALENCIA TEMATICA
David Juan López Ortega
12/10/202510 min read

Normativa de patinetes eléctricos en Valencia: reglas vigentes y nuevas medidas
Los patinetes eléctricos (Vehículos de Movilidad Personal o VMP) se han convertido en un medio de transporte cotidiano en Valencia. Por ello, es fundamental conocer la normativa vigente que regula su uso en la ciudad. A continuación, explicamos de forma clara las reglas de circulación, la edad mínima, las obligaciones (casco, seguro, luces, etc.), las sanciones más comunes y las últimas novedades legislativas, tanto locales como nacionales, que afectan a los patinetes eléctricos en Valencia.
¿Por dónde pueden (y no pueden) circular los patinetes eléctricos?
La Ordenanza de Movilidad de Valencia equipara la circulación de los patinetes eléctricos a la de las bicicletas. Esto significa que los VMP deben transitar por los mismos espacios permitidos para las bicis y tienen prohibido invadir zonas reservadas a peatones. En concreto, está prohibido que un patinete eléctrico circule por:
Aceras y zonas exclusivamente peatonales: las aceras son solo para viandantes, sin excepciones.
Nota: la única salvedad la contempla la ordenanza para ciertos VMP muy ligeros (tipo A) que podrían entrar en calles peatonales a velocidad de paso humano, pero los patinetes eléctricos estándar tipo B tienen expresamente vetado circular por calles peatonales.Vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos: estas vías están fuera del ámbito urbano o son de alta velocidad, por lo que ningún VMP puede acceder a ellas.
Carriles bus u otros carriles reservados al transporte público: en Valencia no está permitido que los patinetes circulen por el carril bus ni similares.
Por otro lado, sí se permite la circulación de patinetes eléctricos por las vías urbanas adecuadas, respetando siempre los límites de velocidad y la convivencia:
Carriles bici: pueden y deben usarlos cuando existan.
En carril bici sobre la calzada, la velocidad máxima es 20 km/h.
En carril bici sobre la acera, el límite es 15 km/h.
Calles con velocidad limitada a 30 km/h: se permite su circulación por ciclocalles, calles residenciales y vías de un único sentido o zonas 30, siempre que respeten la prioridad peatonal donde corresponda y no entorpezcan el tráfico.
En las calzadas de varios carriles donde solo algunos estén limitados a 30 km/h, los patinetes deberán ceñirse a esos carriles limitados y no pueden invadir carriles con límite superior.Calles peatonales de uso compartido: únicamente los VMP más pequeños (tipo A) pueden transitar por calles peatonales, y aun así a una velocidad muy moderada, similar al paso de una persona (máximo 10 km/h). Los patinetes estándar (tipo B, la mayoría de patinetes eléctricos) no tienen permitido circular por calles peatonales, por lo que en zonas peatonales céntricas lo correcto es bajarse del patinete y llevarlo de la mano.
En resumen, en Valencia un patinete eléctrico debe circular por la calzada o carriles bici habilitados, igual que una bicicleta, y nunca por la acera ni zonas exclusivamente peatonales. Además, al circular por calzada, el patinete debe hacerlo preferentemente por la derecha y respetando las normas de prioridad como cualquier otro vehículo.
Edad mínima para conducir un patinete eléctrico
La normativa valenciana establece una edad mínima de 16 años para poder circular con un patinete eléctrico (u otro VMP) por vías y espacios públicos. Es decir, los menores de 16 años no pueden conducir patinetes eléctricos por la vía pública en Valencia.
Solo se permite que menores por debajo de esa edad los utilicen en espacios cerrados al tráfico, como por ejemplo recintos privados o circuitos no abiertos a la circulación, y siempre bajo la supervisión y responsabilidad de sus progenitores o tutores legales.
Este límite de edad de 16 años está en línea con las regulaciones de muchas otras ciudades y pronto será un criterio unificado a nivel nacional: la reforma de la Ley de Tráfico prevé exigir legalmente tener al menos 16 años para manejar un VMP en cualquier punto de España. En Valencia, no obstante, esta restricción ya se venía aplicando desde la Ordenanza municipal de 2019.
Obligaciones del usuario: casco, luces y otros elementos de seguridad
Como conductores de un vehículo, los usuarios de patinetes eléctricos en Valencia deben cumplir una serie de obligaciones de seguridad. Destacamos las más importantes:
Casco de protección homologado
En Valencia es obligatorio llevar casco cuando se circula en patinete eléctrico. La Ordenanza local así lo exige para los VMP de tipo B (patinetes eléctricos de mayor tamaño, que son la mayoría de los que circulan, con velocidad hasta 25 km/h).
Para dispositivos más pequeños como hoverboards o patinetes muy ligeros (tipo A) el casco no era obligatorio sino solo recomendable, pero en todo caso la recomendación general de las autoridades es usar siempre casco para evitar lesiones graves. La Ley de Tráfico nacional más reciente ya contempla hacer obligatorio el casco en toda España para cualquier usuario de VMP, eliminando diferencias municipales.
Conclusión: por prudencia y por seguridad, el casco es indispensable.
Luces, reflectantes y timbre
El patinete debe estar equipado con:
Freno.
Timbre (aviso acústico).
Luz delantera y trasera.
Elementos reflectantes.
Estos elementos son obligatorios para patinetes tipo B y recomendables para tipo A. Tras la normativa estatal de 2024, todos los VMP que se comercialicen deben cumplir estos requisitos técnicos.
Si se circula de noche o con poca visibilidad, es obligatorio encender las luces delanteras y traseras, y muy recomendable llevar prendas o elementos reflectantes para ser visto a unos 150 metros. No llevar iluminación en horario nocturno se considera infracción grave con multa de 200 €.
Una sola persona por patinete
Está totalmente prohibido llevar acompañante en un patinete eléctrico. Estos vehículos son de una sola plaza y no pueden circular con más de una persona encima.
Ir dos personas en un solo patinete conlleva sanción (generalmente 100 € de multa) por conducción indebida.
No auriculares ni móvil
El conductor debe estar siempre atento y con control total del vehículo. La ley prohíbe expresamente:
Usar el teléfono móvil mientras se conduce un patinete.
Circular llevando puestos auriculares u otros dispositivos de sonido.
Estas conductas distraen y están sancionadas con 200 € de multa cada una. El mero hecho de sujetar el móvil o manipularlo conduciendo se equipara a usarlo, así que es preferible ni tocarlo hasta estacionar.
Alcohol y drogas
Los patinetes, al ser considerados vehículos, quedan sujetos a las mismas normas de alcoholemia y drogas que el resto de conductores.
Conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes acarrea sanciones muy severas.
Las multas pueden ir de 500 a 1.000 € según la tasa de alcohol, y son de 1.000 € si se detecta presencia de drogas en el organismo.
Además, la Policía inmovilizará el patinete igual que haría con un coche.
En resumen: en patinete, cero alcohol y cero drogas.
Documentación del patinete
Aunque no requieren matrícula ni permiso de circulación ordinario, desde enero de 2024 los patinetes nuevos deben contar con un certificado de circulación expedido por la DGT. Este certificado (normalmente en forma de código QR o etiqueta identificativa) acredita que el VMP cumple con los estándares técnicos y de seguridad del Manual de características de la DGT.
Los patinetes vendidos antes de esa fecha tienen una moratoria hasta enero de 2027.
No obstante, es recomendable llevar consigo la factura o documentación del patinete.
En Valencia el Ayuntamiento ofrece voluntariamente un registro local del VMP (se apunta marca, modelo y número de serie) para ayudar en caso de robo o incidente.
¿Es obligatorio contratar un seguro para el patinete?
Actualmente (2025) en Valencia no es obligatorio que un particular asegure su patinete eléctrico, aunque sí es muy recomendable contar con un seguro de Responsabilidad Civil que cubra daños a terceros.
La Ordenanza municipal vigente sugiere disponer de este seguro de responsabilidad civil, pero no lo exige a nivel individual. En caso de accidente donde el usuario del patinete cause daños materiales o lesiones a otra persona, él o ella deberá responder con su propio patrimonio si no tiene asegurado el VMP. Por tanto, por la tranquilidad económica que supone, muchos usuarios ya optan por contratar seguros específicos (que suelen tener costes anuales asequibles).
Importante: esta situación va a cambiar muy pronto a nivel legal. En 2025 se aprobó una ley que modifica la normativa de seguros, extendiendo el seguro obligatorio a los vehículos de movilidad personal en toda España.
A partir del 2 de enero de 2026 será obligatorio tener contratada una póliza de responsabilidad civil para poder circular con un patinete eléctrico por la vía pública.
El seguro de patinete pasará a ser tan obligatorio como el de un coche o moto.
Se otorgó un plazo de adaptación hasta enero de 2026 para que todos los propietarios contraten su seguro.
Las coberturas mínimas serán similares a las de otros vehículos a motor (por ejemplo, indemnizaciones de hasta 6,45 millones de euros por daños personales).
Quien circule sin el seguro obligatorio se expondrá a multas que podrían alcanzar los 1.000 €, además de la inmovilización del patinete.
En Valencia ya se exige desde hace tiempo a las empresas de alquiler de patinetes (y bicicletas) que cuenten con seguros de RC para su flota. Por tanto, si utilizas servicios de sharing o alquiler turístico, ese seguro lo aporta la empresa.
Pero si eres usuario particular, ten en cuenta que antes de 2026 deberás asegurarlo por ley. En definitiva: a día de hoy el seguro no es obligatorio para particulares, pero conviene tenerlo; y a partir de 2026 será obligatorio para todos los patinetes eléctricos en España.
Sanciones y multas más frecuentes
Incumplir la normativa de VMP puede acarrear sanciones económicas considerables. Estas son algunas de las multas más comunes relacionadas con patinetes eléctricos:
Circular por donde no debes
Si la policía te sorprende:
Circulando por la acera.
Por una vía prohibida (por ejemplo, una avenida de más de 30 km/h).
Por una calle peatonal no autorizada.
Pueden sancionarte con infracciones consideradas graves. En Valencia se ha anunciado que las multas por circular por aceras o zonas peatonales rondan los 200 €, similar a las infracciones de las bicicletas.
Sin casco cuando es obligatorio
No llevar casco en patinete cuando existe obligación de usarlo conlleva 200 € de multa. Dado que en Valencia el casco es exigible, si un agente te para sin casco, serás sancionado.
Este mismo importe (200 €) se aplica:
Por no llevar chaleco reflectante si realizas actividad profesional de reparto en patinete durante la noche.
Por carecer de iluminación nocturna adecuada.
Auriculares o móvil
Usar auriculares o el teléfono móvil mientras conduces el patinete está prohibido. La multa en ambos casos es de 200 €. Incluso sujetar o manipular el móvil mientras conduces se considera infracción.
Tasa de alcohol o drogas positiva
Conducir el patinete bajo efectos de alcohol o drogas conlleva las mismas sanciones que con un turismo:
Multas de 500 € a 1.000 € por alcohol (dependiendo de la tasa).
1.000 € en caso de cualquier presencia de drogas.
Inmovilización del patinete en el acto.
Si el infractor es menor de 18 años, serán sus padres o tutores legales quienes deban asumir la responsabilidad y pagar la sanción.
Circular dos personas en un patinete
Esta práctica está sancionada con 100 € de multa. El patinete es solo para un ocupante; llevar un pasajero (aunque sea un niño) es peligroso e ilegal.
Exceso de velocidad o VMP manipulado
Los patinetes eléctricos no pueden superar los 25 km/h por construcción. Si alteras tu patinete para que corra más, o circulas a velocidades imprudentes, puedes ser sancionado.
Conducir un VMP modificado para exceder 25 km/h, haciéndolo equivalente a un vehículo a motor no homologado, conlleva:
500 € de multa.
Posible inmovilización del aparato.
Por seguridad, respeta siempre los límites: en carril bici 20 km/h, en calles 30 km/h a lo sumo 25 km/h, etc.
Otras infracciones
No respetar un semáforo o señal de STOP, conducir de forma negligente creando peligro o llevar el patinete sin los elementos de seguridad obligatorios también son infracciones sancionables, con cuantías similares a las de bicicletas o coches según la gravedad.
En Valencia:
Las infracciones leves pueden suponer entre 60 y 100 €.
Las muy graves pueden llegar hasta 500 € según los baremos municipales.
Consejo: la mejor forma de evitar multas es cumplir siempre las normas de circulación como harías con cualquier vehículo. Además de ahorrarte sanciones, contribuirás a una convivencia más segura en la vía pública.
Cambios normativos recientes y próximos a entrar en vigor
La normativa sobre patinetes eléctricos está en constante evolución, con novedades tanto a nivel estatal como local.
Homologación obligatoria (2024)
Desde el 22 de enero de 2024, la Dirección General de Tráfico exige que todos los patinetes eléctricos nuevos que se vendan en España cumplan un estándar técnico y de seguridad definido. Esto se acredita mediante un certificado de circulación basado en el Manual de características publicado en 2022.
Los patinetes que no estén certificados no pueden comercializarse legalmente desde esa fecha.
A los usuarios se les podría requerir mostrar el certificado del patinete si fue adquirido después de enero de 2024.
Los dispositivos antiguos (comprados antes de esa fecha) tienen un período de gracia hasta enero de 2027 para adaptarse.
Para 2027, la previsión es que todos los patinetes en circulación estén homologados y registrados con su certificado, lo que aportará mayores garantías de seguridad (frenos fiables, luces, limitador de velocidad, etc.).
Seguro obligatorio (2026)
Como se ha explicado, se ha aprobado una reforma legal que obligará a todos los patinetes eléctricos a tener seguro de responsabilidad civil a partir de 2026 en España.
La fecha clave es el 2 de enero de 2026, cuando entrará en vigor:
La exigencia de seguro obligatorio.
Un registro nacional de VMP gestionado por la DGT.
Esto significa que hacia 2026 probablemente veremos que cada patinete llevará algún tipo de distintivo identificativo visible (similar a una matrícula) vinculado a su registro y seguro.
El objetivo de estas medidas es:
Reforzar la seguridad vial.
Facilitar el control de infracciones.
Garantizar que, en caso de accidente, las víctimas estén cubiertas por un seguro obligatorio, al igual que ocurre con cualquier vehículo a motor.
Reforma del Reglamento General de Circulación
Paralelamente, la DGT ha trabajado en una reforma del Reglamento General de Circulación para unificar criterios sobre los VMP. Entre las medidas previstas (algunas ya en vigor en 2025 o próximas a aprobarse) están:
Obligatoriedad del casco en todo el territorio.
Exigencia de llevar elementos luminosos/reflectantes de noche.
Uso de chaleco reflectante para conductores profesionales de patinetes (por ejemplo, repartidores).
Muchas de estas obligaciones ya se cumplían en Valencia por normativa municipal, pero con la reforma se harán extensivas a toda España, eliminando cualquier duda.
Ordenanzas municipales actualizadas
El Ayuntamiento de Valencia podría adaptar su Ordenanza de Movilidad para alinearla con estos cambios estatales. De hecho, se han realizado campañas locales de concienciación y control de patinetes en 2024 y 2025, y se ha hablado de introducir mejoras en la normativa municipal.
En Valencia, tras el cambio de gobierno municipal en 2023, es posible que se revisen algunos aspectos de la movilidad urbana. Cualquier nueva ordenanza o modificación sería anunciada públicamente y entraría en vigor tras su publicación oficial.
Conviene estar atento a las noticias locales o consultar con expertos jurídicos en movilidad para conocer las novedades.
Conclusión
La normativa vigente sobre patinetes eléctricos en Valencia combina:
Las reglas generales dictadas por la DGT (no aceras, velocidad limitada, un solo ocupante, sin alcohol, etc.).
Algunas especificidades locales (edad mínima 16 años, casco obligatorio, zonas habilitadas equiparadas a la bicicleta).
Además, en los próximos meses y años entrarán en vigor cambios importantes (seguro obligatorio, registro y unificación nacional de criterios) que todo usuario de VMP debe tener en cuenta.
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